Asesoramiento corporativo sobre el Fondo de Asistencia Laboral FAL

Pymes y grandes empresas

Fondo de Asistencia Laboral (FAL)

¿Qué es un fondo FAL?

Los Fondos de Asistencia Laboral son un nuevo instrumento creado para coadyuvar indemnizaciones por despido (entre otras obligaciones) mediante aportes mensuales que hacen las empresas mientras el trabajador está empleado.

1 de noviembre de 2026
Se establece esta fecha como fecha de entrada en vigencia del régimen.

Pasos a seguir para cada empleador
antes del 1 de noviembre de 2026:

1
Obtener o verificar la plena vigencia del certificado MiPyME (en caso de aplicar).
2
Seleccionar la Entidad Habilitada.
3
Tramitar la apertura de la Cuenta Individual.
4
Informar fehacientemente dicho código ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

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Funcionamiento

ARCA CUSS

Las contribuciones se canalizan a través de ARCA integradas en la Contribución Unificada de la Seguridad Social (CUSS). No pueden compensarse con ninguna otra obligación tributaria, previsional o aduanera.

El pago de indemnizaciones al trabajador FAL debe efectivizarse dentro de 5 días hábiles de recibida la declaración jurada completa del empleador.

Características

Argentina

Composición de la cartera de inversiones

El FAL solo podrá invertir en instrumentos emitidos y negociados en Argentina (queda prohibida toda inversión con subyacente en el exterior).

Periodo de carencia de 6 meses

El FAL cuenta con una carencia de 6 meses desde la primera contribución integrada. Luego de cumplido dicho plazo, el FAL puede utilizarse para el pago de indemnizaciones.

Portabilidad

El empleador puede migrar los recursos acumulados de su Cuenta Individual a otro vehículo autorizado (pendiente reglamentación CNV acerca de plazos de ejecución y la periodicidad).

Principales características del fondo

Separación Patrimonial

Separación patrimonial total del empleador.

Afectación Específica

Independiente, inenajenable e inembargable.

Cuenta Individual

Cada empleador tiene cuenta individual, de carácter común y no individualizable por trabajador.

Exención Impositiva

Exención de IIGG a rendimientos, intereses y rentas del FAL.

Recursos del FAL

Contribuciones obligatorias, rendimientos, contribuciones voluntarias, donaciones o legados.

Cuenta Individual

Tope de Comisión

Aspectos clave

1
Obligatorio El fondo FAL es obligatorio para todos los empleadores del sector privado.
2
Regulación CNV Los FAL estarán regulados por la Comisión Nacional de Valores.
3
Neutralidad en Costos Los aportes tienen efecto neutral respecto al costo laboral para el empleador.
4
Administración Gestionado por SBS Fondos bajo los mejores estándares de mercado conforme la normativa vigente.

Cómo funcionan los fondos FAL

Cada empleador debe elegir un FAL donde se acumularán sus aportes mensuales. Estos fondos funcionan de forma similar a un Fondo Común de Inversión (FCI), buscando capitalizar el ahorro mediante una gestión profesional de activos. Al momento de una desvinculación, el empleador podrá optar por pagar la indemnización con recursos propios, como lo hace actualmente, o utilizar los saldos acumulados en su cuenta del FAL, total o parcialmente. Quedan excluidos de este régimen el personal de casas particulares y el régimen de la construcción.
2,5% PyMEs 1% Grandes Empresas
Empleador Abona sueldos y contribuciones como actualmente.
ARCA Actúa como Agente de Derivación de los fondos.
FAL Recibe y administra los fondos derivados.

Ponete en contacto

En SBS Fondos, somos referentes con amplia trayectoria en la gestión de inversiones

Preguntas frecuentes

¿Hay exclusiones para algún tipo de empleador?

Sí, esta norma es no aplicable a personal de la industria de la construcción ni a casas particulares.

¿Pueden realizarse contribuciones voluntarias?

Los recursos del FAL incluyen también contribuciones voluntarias, donaciones, legados y rendimientos.

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